Constitución Cooperativa y antecedentes de postulación cooperativa

  1. Autoformación

Es importante que todo miembro de la cooperativa comparta los principios y valores cooperativos, conozca la historia del cooperativismo y otros aspectos generales, así como también, comparta los objetivos de la cooperativa cerrada en la que participa. En este sentido, se recomienda considerar espacios de autoformación cooperativa dónde se aborden estos aspectos.

  1. Constitución legal de una cooperativa
    1. Estatutos

Para constituir una cooperativa se debe elaborar un estatuto, que es un reglamento, ordenanza o conjunto de normas legales por las que se regula el funcionamiento de una organización. Cada cooperativa deberá tener sus propios estatutos, estos deben contener:

  1. La razón social, el domicilio y la duración de la cooperativa (puede ser indefinida)
  2. Los objetivos que tendrá la cooperativa.
  3. El capital inicial suscrito y pagado; forma y plazo en que será hecho: en el caso de que sea en cuotas estas deberán ser en múltiplos de cien, en que se divide el capital y la indicación y valoración de todo aporte que no consista en dinero.
  4. La forma en que la cooperativa financiará sus gastos de administración, el organismo interno que fijará los aportes, la constitución de reservas y la política de distribución de remanentes y excedentes, la información mínima obligatoria que se entregará periódicamente y al momento del ingreso de los socios a la cooperativa, las limitaciones al derecho de renuncia a la cooperativa y las modalidades relativas a la devolución de los aportes de capital efectuados por los socios.
  5. Requisitos para poder ser admitido como socio, los derechos y obligaciones que tiene un socio, y causales de exclusión.
  6. Periodicidad y fechas de celebración y formalidades de convocatoria de las Juntas Generales de Socios, las que deberán celebrarse a lo menos una vez al año dentro del primer semestre según el Art. 1 N° 2 de la Ley 20881.
  7. Materias que serán abordadas en las Juntas Generales de Socios, determinación de los quórums mínimos para sesionar y del número de votos necesarios para adoptar acuerdos, tanto de carácter general como los que requieran por su importancia de normas especiales, como aquellos a que se refiere el artículo 41 de esta ley.
  8. Número de miembros del Consejo de Administración, plazo de duración de los consejeros en sus cargos, y si podrán o no ser reelegidos, si la renovación de los consejeros se hará por parcialidades o en su totalidad; periodicidad de celebración y formalidades de convocatoria de las sesiones del Consejo; materias que serán objeto de sesiones ordinarias y extraordinarias; y quórums mínimos. 

Las cooperativas de vivienda deben someter a la aprobación del Departamento de Cooperativas un estudio socioeconómico sobre las condiciones, posibilidades financieras y planes de trabajo que se proponen desarrollar. Luego deben generar una escritura pública del acta de la Junta General Constitituitiva para poder inscribirlo el registro de comercio del Conservador de Bienes y Raíces correspondiente a su dominio social, y deben publicarlo en el Diario Oficial.

LINK A ESTATUTO TIPO

Importante

  • Existe un plazo de 60 días para realizarla, contados desde la conformación de la Junta Constitutiva.
  • El costo varía entre los $150.000 y los $200.000 pesos chilenos, precio que depende de la notaría y la extensión del acta (que se reduce a escritura pública).
  1. Confección del extracto de la escritura pública

Se realiza en cualquier notaría, preferentemente una cercana a la dirección declara en el acta de la junta constitutiva o del lugar donde se emplazará el proyecto.

  1. Inscripción
  • El costo depende del capital de trabajo de la cooperativa a conformar. Por ejemplo, para una cooperativa con un capital de $4.800.000, el trámite tiene un costo de $72.000.
  • Ahora bien, el capital social puede ser por montos aún menores, tal como lo fijó satisfactoriamente la Cooperativa Ñuke Mapu en sus estatutos en su ARTÍCULO 22°.- CAPITAL: “El Capital social inicial suscrito y pagado es de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos), dividido en 4.000 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $100.- (cien pesos) cada una.”
  1. Publicación del extracto en el Diario oficial
  • Plazo de 60 días para realizarla, contados desde la conformación de la Junta Constitutiva.
  • El costo es de 1 UTM salvo que el capital de la cooperativa sea inferior a 5.000 UF, en cuyo caso la publicación estará exenta de pago.
  • Remisión de antecedentes al Departamento de Cooperativas del Ministerio de Economía (Decoop).
  1. Estructura organizativa
  • El comité organizador es un organismo de trabajo y de acción, y es el que ejecutará y pondrá en movimiento el plan elaborado con anticipación. La presidencia de este comité debería ser ocupada por las personas de la organización que tengan los más amplios conocimientos administrativos y experiencia en este tipo de tareas. Sin embargo, la capacitación general apunta a que todas y todas puedan cumplir estos roles, que se fomente una desarrollo democrático y balanceado de la organización, y que no se recargue de tareas a unos/as pocos/as.
  • La Asamblea General de Socios: Es parte del órgano administrativo. Es el conjunto de todos los socios, y en ésta se votan las decisiones y planes de acción para la cooperativa.
  • Consejo de Administración: Es parte del órgano administrativo equivale a directorio de empresa y se encarga de administrar negocios sociales
  • Gerente (o administrador): ejecuta acuerdos de Consejo de Administración, representa legalmente a la cooperativa.
  • Junta de Vigilancia: Está conformada por no más de 5 miembros, examina los aspectos financieros e informa de estos a la Junta.
  • Certificado de vigencia

Una vez constituida la cooperativa, se solicitará el Certificado de Vigencia de la Cooperativa al Departamento de Cooperativas del Ministerio de Economía.

  • Libro de socios

Para la postulación se entregará una copia del libro de socios actualizado de la cooperativa.

  • Acta aprobación

El consejo de administración debe generar un acta en una sesión donde conste de la aprobación por sus miembores de la participación de la Cooperativa en el programa FSEV.

  • Borrador convenio Cooperativa-SERVIU

En un formato proporcionado por el SERVIU, se deberá adjuntar el convenio que será firmado posteriormente.

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