Definición Estado chileno

Son cooperativas las asociaciones que de conformidad con el principio de la ayuda mutua tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de sus socios y presentan las siguientes características fundamentales:

Los socios tienen iguales derechos y obligaciones, un solo voto por persona y su ingreso y retiro es voluntario. Deben distribuir el excedente correspondiente a operaciones con sus socios, a prorrata de aquéllas. Deben observar neutralidad política y religiosa, desarrollar actividades de educación cooperativa y procurar establecer entre ellas relaciones federativas e intercooperativas. Deben también tender a la inclusión, como, asimismo, valorar la diversidad y promover la igualdad de derechos entre sus asociadas y asociados.

Las cooperativas, de acuerdo a sus estatutos, podrán combinar finalidades de diversas clases, salvo las que deban tener objeto único como las cooperativas de vivienda abiertas, las de ahorro y crédito y cualquier otra que establezca la ley” (Ley General de Cooperativas, 2003) .

En el caso de las cooperativas chilenas, actualmente estas son reguladas por la División de Asociatividad (dependiente del ministerio de Economía).

[Link a video] https://www.youtube.com/watch?v=O03T48IKL1k

Para más información, acceder a la Ley General de Cooperativas:

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=221322

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ÍNDICE PRINCIPIOS Y CONCEPTOS