Son cooperativas las asociaciones que de conformidad con el principio de la ayuda mutua tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de sus socios y presentan las siguientes características fundamentales:
Los socios tienen iguales derechos y obligaciones, un solo voto por persona y su ingreso y retiro es voluntario. Deben distribuir el excedente correspondiente a operaciones con sus socios, a prorrata de aquéllas. Deben observar neutralidad política y religiosa, desarrollar actividades de educación cooperativa y procurar establecer entre ellas relaciones federativas e intercooperativas. Deben también tender a la inclusión, como, asimismo, valorar la diversidad y promover la igualdad de derechos entre sus asociadas y asociados.
Las cooperativas, de acuerdo a sus estatutos, podrán combinar finalidades de diversas clases, salvo las que deban tener objeto único como las cooperativas de vivienda abiertas, las de ahorro y crédito y cualquier otra que establezca la ley” (Ley General de Cooperativas, 2003) .
En el caso de las cooperativas chilenas, actualmente estas son reguladas por la División de Asociatividad (dependiente del ministerio de Economía).
[Link a video] https://www.youtube.com/watch?v=O03T48IKL1k
Para más información, acceder a la Ley General de Cooperativas: