Por Kay Bergamini, profesor del Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales UC; Núcleo de Planificación Integrada de Zonas Costeras e Islas (PIZIS).

Las zonas costeras corresponden a áreas dinámicas donde se produce un frente de transformación permanente gracias a procesos ambientales como ascenso o descenso del nivel del mar, el oleaje con frecuencias e intensidades variables, así como la erosión o sedimentación, todos influidos aún más en la actualidad producto del cambio climático y, por otro lado, procesos antrópicos de ocupación del territorio, como el proceso de urbanización, el aprovechamiento portuario o actividades productivas en el mar cercano a la costa, los cuales se han visto presionados cada vez más por el crecimiento de la población y consumo, que entre todos afectan y modifican las geoformas litorales, así como la biodiversidad y amenazan las sostenibilidad de millones de personas que habitan en dichos territorios.

Actualmente en estas áreas existe una gobernanza compuesta por 15 de 16 regiones, poco más de 100 comunas, la administración y vigilancia por parte de la Armada, que a su vez se divide en cinco zonas navales y otros organismos técnicos propios. Para qué citar, además,  los distintos ministerios (más de 20) o servicios públicos (más de 80), algunos con un quehacer específico, como el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) o la Dirección de Obras Portuarias (DOP); pero también otros de carácter general, como el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) o el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), cuya gestión y ámbito de influencia inciden en lo que ocurre en las costas. Sobre esto se incorporan empresas privadas y públicas, organizaciones productivas o territoriales, habitantes y visitantes que imprimen un nivel de complejidad respecto de las decisiones clave que se deben tomar en estas zonas.

En estas zonas inciden a su vez el Decreto Ley Nº 1939 de 1997 referido a la administración del borde costero; el Decreto Supremo Nº 475 de 1994, en donde se aprueba la Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República y crea la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero; y la Ley Nº 20.249 (Lafkenche), denominada Espacio Marino-Costero de los Pueblos Originarios (EMCPO). En relación con los instrumentos de planificación territorial es posible encontrar la zonificación del borde costero regional y comunal; los planes reguladores comunales e intercomunales; las estrategias regionales de desarrollo o los planes de desarrollo comunal; la definición de áreas aptas para la acuicultura; además de áreas terrestres/marinas protegidas.

En un país como Chile, que posee una línea de costa de 106.544 km. de longitud (MMA, 2019), y cuenta con 2.180 islotes y 3.739 islas, con un total de 105.561 km2, equivalente al 13,94% de la superficie total de Chile Continental (IGM, 1998), donde existen 477 poblados costeros, 26 áreas urbanas consolidadas (MMA, 2019), y otra serie de instalaciones e infraestructura (puertos, desaladoras, caletas, áreas de manejo, emisarios, entre otros), que enfrentan grandes desafíos de planificación territorial y urbana, esperamos que nuestros constituyentes tengan a la vista esta complejidad para sentar las bases normativas que permitan avanzar hacia mecanismos de planificación integrada de zonas costeras e islas, que nos aseguren un desarrollo sostenible de un ámbito clave para el futuro del país.

REVISA AQUÍ LA COLUMNA EN LA SECCIÓN VOCES DEL DIARIO LA TERCERA.

La Tercera: Planificación integrada de zonas costeras e islas